Política de devolución – FlexCom Communications Ltd.

Política de devoluciones y desistimiento

Devolución de la mercancía

Si el consumidor desiste del contrato de conformidad con el artículo 22 del Decreto Gubernamental 45/2014 (II. 26.), estará obligado a devolver los Productos sin demora y, a más tardar, en un plazo de catorce días a partir de la comunicación del desistimiento, o a entregarlos al Vendedor o a una persona autorizada por el Vendedor para recibir los Productos. La devolución se considerará realizada dentro del plazo si el consumidor envía los Productos antes de que expire dicho plazo.

Dirección de devolución:
FlexCom Communications Ltd.
calle Móricz Zsigmond 45, 2151 Fót, Hungría

Asunción de los costes directos de la devolución de la mercancía

El consumidor correrá con los costes directos de la devolución de los Productos. Los Productos deberán devolverse a la dirección del Vendedor. Si el Vendedor también vende los Productos en un establecimiento comercial y el consumidor ejerce personalmente su derecho de desistimiento en el establecimiento de la empresa, tendrá derecho a devolver los productos a la empresa al mismo tiempo. Si el consumidor rescinde un contrato de prestación de servicios tras el inicio de la ejecución, estará obligado a abonar a la empresa una cuota proporcional al servicio prestado hasta el momento de la comunicación de la rescisión. El importe que deberá abonar proporcionalmente el consumidor se determinará sobre la base del importe total de la contraprestación establecido en el contrato, incluidos los impuestos. Si el consumidor demuestra que el importe total así determinado es excesivamente elevado, el importe proporcional se calculará sobre la base del valor de mercado de los servicios prestados hasta la fecha de finalización del contrato. Tenga en cuenta que no podemos aceptar Productos devueltos a contra reembolso o a portes debidos.

Responsabilidad del consumidor por la depreciación

El consumidor será responsable de cualquier disminución del valor de los Productos que resulte de un uso de los mismos que vaya más allá de lo necesario para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento de los Productos.

El derecho de desistimiento no podrá ejercerse en los siguientes casos

El Vendedor le advierte expresamente de que no podrá ejercer su derecho de desistimiento en los casos especificados en el artículo 29, apartado 1, del Decreto Gubernamental 45/2014 (II. 26.):

  • tras la plena prestación del servicio; no obstante, si el contrato crea una obligación de pago para el consumidor, esta excepción solo podrá invocarse si la ejecución comenzó con el consentimiento previo expreso del consumidor y con su confirmación de que perderá su derecho de desistimiento una vez que la empresa haya ejecutado plenamente el contrato;
  • con respecto a Productos o servicios cuyo precio o tarifa dependa de fluctuaciones del mercado financiero que la empresa no pueda controlar;
  • en el caso de Productos no prefabricados que hayan sido producidos siguiendo las instrucciones o a petición expresa del consumidor, o Productos que hayan sido claramente personalizados para el consumidor;
  • con respecto a Productos perecederos o Productos que conserven su calidad durante un periodo corto;
  • con respecto a Productos precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega (Le advertimos de que el uso más allá de lo necesario para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento de los Productos conlleva la pérdida del derecho de desistimiento);
  • con respecto a Productos que, por su naturaleza, se mezclen de forma inseparable con otros productos tras la entrega;
  • con respecto a bebidas alcohólicas cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado que la empresa no pueda controlar;
  • en el caso de un contrato de obra en el que la empresa visite al consumidor a petición expresa de este para realizar trabajos urgentes de reparación o mantenimiento;
  • con respecto a la venta de copias de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos, si el consumidor ha abierto el embalaje tras la entrega;
  • con respecto a periódicos, revistas y publicaciones periódicas, con excepción de los contratos de suscripción;
  • en el caso de contratos celebrados en subasta pública;
  • con excepción de los servicios de alojamiento residencial, en el caso de contratos de prestación de alojamiento, transporte, alquiler de coches, restauración o servicios relacionados con actividades de ocio;
  • con respecto a contenidos digitales suministrados en un soporte de datos no material, si el Vendedor comenzó la ejecución con el consentimiento previo expreso del consumidor.